Brexit – EU
Las mercancías rompen con Reino Unido
Este domingo 25 de noviembre se celebrará en el Consejo Europeo una cumbre extraordinaria de emergencia para “concluir y formalizar” el acuerdo de salida del brexit, tras el principio de acuerdo de la semana pasada entre la UE y el gobierno de Theresa May.
Elaboración Alba Prado
El próximo 29 de marzo de 2019 se cumple la fecha límite para completar el proceso de salida de Reino Unido de la Unión Europea. Según establece el artículo 50 del Tratado de Lisboa, Reino Unido habría tenido dos años para hacer efectivo el brexit desde que comunicó su decisión de abandonar la Unión Europea al presidente del Consejo de la UE el 29 de marzo de 2017. Aunque se estimó en un primer momento que el proceso durara entre 18 y 24 meses, la fecha podría prorrogarse por acuerdo unánime de los Estados miembros, si así se solicita.
Durante estos últimos meses, las negociaciones entre Reino Unido y la Unión Europea han tratado de acercar posiciones y sentar las bases para iniciar un principio de acuerdo, que podría concretarse este domingo en Bruselas.
Un brexit “duro”, o en otras palabras, sin acuerdo, significaría el total abandono del Reino Unido del mercado interno de la Unión Europea para el transporte aéreo, ferroviario, por carretera y marítimo, lo que provocaría un gran impacto en las mercancías transportadas entre Reino Unido y la UE.
Según un informe de la Comisión de Transporte de la Unión Europea, el transporte de mercancías desempeña un papel dominante en los intercambios entre la UE y el Reino Unido, con especial incidencia en el transporte marítimo.
Según datos de la UE, en 2016 el 75% de las mercancías transportadas entre el Reino Unido y la UE se hizo por vía marítima, con un predominio del tráfico ro-ro del 80% sobre los graneles (20%).
En base a estos mismos datos, ese mismo año los puertos de Reino Unido importaron más de 100 millones de toneladas de mercancías de Europa y exportaron al continente cerca de 100 millones de toneladas.
Teniendo en cuenta las cifras, un Brexit sin acuerdo, especifica este estudio, implicaría pérdidas para las dos partes involucradas, aunque dentro de la UE, la intensidad del impacto variaría entre los 27 Estados miembros, en función de su dependencia con Reino Unido.
Como ejemplo, las exportaciones entre Reino Unido y Holanda se verían mucho más afectadas que las españolas.
En 2015 se movió en transporte marítimo entre Reino Unido y Holanda 35,17 millones de toneladas de mercancías, frente a los 7,97 millones de toneladas transportadas por mar entre Reino Unido y España.
Aéreo
La decisión de Reino Unido de abandonar la Unión Europea, explica la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA) tendrá un impacto significativo y de gran alcance en el transporte aéreo, tanto en el ámbito económico como en el legislativo.
Alguno de estos efectos se sentirán de inmediato, asegura IATA, como el incremento en el precio de los viajes para pasajeros y mercancías.
Dependiendo del acuerdo de salida que firme Reino Unido, los efectos serán más o menos perjudiciales, advierte la Asociación Internacional de Transporte Aéreo.
Al igual que otros Estados miembros, Reino Unido está actualmente sujeto a legislaciones europeas sobre seguridad, protección al consumidor y sostenibilidad. Por lo que, en primer lugar, explica la Comisión Europea, la salida del Reino Unido significaría pérdida de poder de decisión sobre la legislación aérea de Europa.
En segundo lugar, y si no hubiera acuerdo previo, el brexit eliminará todos los derechos de tráfico aéreo para las aerolíneas de Reino Unido lo que, en consecuencia, significaría una restricción total al Cielo Único Europeo.
Para evitar esta restricción total y garantizar la conectividad básica entre la UE y Reino Unido, los Estados deberán llegar a un acuerdo y renovar la legislación de propiedad y control de restricciones de terceros países, alerta la Comisión Europea.
Marítimo
Reino Unido representa para España un mercado de 13,98 millones de toneladas en el ámbito del tráfico portuario, de los cuales, en base a datos de 2016 de Puertos del Estado, 6,81 millones de toneladas fueron embarcadas con destino a Reino Unido y 7,3 millones de toneladas fueron desembarcadas en España procedentes de Reino Unido.
En términos legislativos, el Reglamento de Servicios Portuarios de la UE establece actualmente un marco legislativo para la prestación de servicios portuarios y normas comunes entre los Estados Miembros.
En base a la legislación, tras el brexit, Reino Unido no tendría la obligación de cumplir los requisitos sobre transparencia financiera o tarifas portuarias.
En cuanto al cabotaje, de acuerdo con el Reglamento de cabotaje marítimo, la prestación de servicios de transporte por mar entre Estados miembros está restringida a los armadores de la UE por lo que la salida de la comunidad europea impediría a Reino Unido prestar servicios de cabotaje dentro de la UE, a excepción de las legislaciones de aquellos Estados miembros que sí permitan el cabotaje para los buques que lleven el pabellón de un tercer país.
Sin embargo, de acuerdo a la normativa de la Organización Marítima Internacional (OMI), los buques y compañías navieras que operen en aguas de la UE después del brexit tendrán que seguir cumpliendo con la normativa de la UE debido a que ambas organizaciones comparten un marco reglamentario armonizado en este ámbito.
En cuanto a la Agencia de Seguridad Marítima Europea (EMSA), en caso de que no se firmen acuerdos entre la UE y el Reino Unido previos al brexit, el Reino Unido no tendría que aplicar la legislación de la comunidad europea en materia de seguridad marítima y contaminación.
Carretera
En base a datos de Fenadismer, en torno a 30.000 empresas de transporte españolas se verán afectadas por el brexit.
Para garantizar el transporte entre Reino Unido y la UE tras el brexit, explica Fenadismer, sería necesario un “convenio bilateral que permita el tránsito de vehículos de transporte entre la UE y el país anglosajón”. Además, “la casuística del cabotaje se quedaría en el aire si se aplica el acuerdo AETR (acuerdo europeo sobre trabajo de los vehículos que efectúen transportes internacionales por carretera) frente a la legislación interna de la UE”, añade Fenadismer.
España exportó en 2017 más de 4,2 millones de toneladas de mercancías por carretera e importó más de 2,5 millones de toneladas que supusieron 12.584 millones de euros.
En este sentido, la reducción de las exportaciones afectaría principalmente a los sectores del transporte de productos agroalimentarios, automoción, productos farmacéuticos y mercancía general.
Teniendo en cuenta esto y para evitar mayores afectaciones a las empresas de transporte españolas tras el brexit, Fenadismer ha solicitado al Gobierno Español que promueva una Ley preparatoria “que permita dar continuidad a las relaciones tanto comerciales como de tránsito entre ambos países; medidas relativas al derecho de entrada, controles de mercancías y realización de operaciones de transporte entre ambos países”.
Ferroviario
La Comunidad de Ferrocarriles y Empresas de Infraestructura Europeos (CER) advierte de que el brexit “no debe socavar el desarrollo continuo del Ferrocarril Único Europeo”.
En este sentido, la CER reclama a la UE y al Reino Unido que garanticen la seguridad jurídica para las empresas ferroviarias. En palabras de la CER, “cualquier restricción a la libre circulación de personas o mercancías podría generar serios desafíos para el transporte ferroviario”.
Por ello, tras el brexit se debería garantizar el acceso de los operadores del Reino Unido al mercado de la UE y de los operadores europeos al mercado del Reino Unido, bajo la armonización de las normas técnicas y los procesos de mutuo reconocimiento en el Área Ferroviaria Única Europea.
Diario del Puerto | 23 noviembre 2018 | Elaboración Inma Peña (Madrid)
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